UPyD Galapagar exige al alcalde «aclaraciones urgentes» sobre supuestas incompatibilidades

23 marzo, 2015
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bormeSegún el Boletín Oficial del Registro Mercantil (BORME), el alcalde de Galapagar figuró como «administrador mancomunado» de una sociedad mercantil durante 4 meses, en 2012. Asimismo, el primer teniente de alcalde, figuró como administrador de la misma hasta su disolución en febrero pasado. Según UPyD, «podrían haber estado simultaneando su cargo público con el desempeño de una actividad privada, algo prohibido según el art. 11 de la Ley 53/1984, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas…». Por la misma razón, hace unos días, Podemos Galapagar, directamente solicitaba la dimisión de ambos ediles populares.

«Las informaciones a las que ha tenido acceso UPyD dejan entrever que D. Daniel Pérez Muñoz, Alcalde del Partido Popular en Galapagar, y D. Fernando Arias del Moral, Primer Teniente de Alcalde del Partido Popular en Galapagar, podrían figurar con Administradores y Socios de la sociedad «Gestión y Desarrollo Local Consultores S.L., empresa dedicada, entre otras actividades, a la “prestación de servicios de asesoramiento, gestión y planificación en materias económico-financieras, socio-económicas, jurídicas, fiscales, urbanísticas, técnicas de comunicación, inmobiliarias ya sea por cuenta propia o de otros particulares, sociedades o administraciones públicas” en el municipio de Galapagar», expresan desde la delegación local de UPyD.

Desde Unión Progreso y Democracia (UPyD) «queremos hacer constar que los cargos de Alcalde y de Primer Teniente de Alcalde son cargos públicos de dedicación exclusiva y, por tanto, incompatibles con el ejercicio de cualquier actividad privada remunerada». Al parecer, D. Daniel Pérez Muñoz y D. Fernando Arias del Moral «podrían haber estado simultaneando su cargo público con el desempeño de una actividad privada, algo prohibido según el art. 11 de la Ley 53/1984, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas y el art. 75 de la Ley de Bases de Régimen Local y la Ley 53/1984», añaden.

Por todo ello, desde UPyD exigen a ambos ediles que «aclaren documentalmente y de forma inmediata si han estado simultaneando su cargo público con el desempeño de una actividad privada». Paralelamente, solicitan que ambos «publiquen sus declaraciones de IRPF de los ejercicios 2012 y 2013».

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